Este aspecto del viaje es muy importante si algo se tuerce, por lo que rogamos que se lean con atención y se acepten todas las condiciones con el fin de conocer correctamente la propia protección contratada.

🏥 Seguro RACE Grupos Asistencia + Cancelación 1800 (incluido)

Construyendo Puentes, además del seguro de asistencia en viaje, obligatorio para todos los viajes combinados, incluye también otro seguro de cancelación por causas justificadas y una cobertura por Covid-19, requerido hasta ahora por Israel.

Podría ser opcional pero nosotros lo exigimos así para mayor protección. No tiene un precio excesivo y todos vamos más tranquilos. Aun así, la coberturas no son para todo tipo de suceso y circunstancia, por lo que aconsejamos leer con detenimiento lo que se ha contratado.

Una vez contratada la póliza individual de cada viajero se enviará por email el documento que lo acredita con su resumen de condiciones particulares.

Construyendo Puentes actúa solo como intermediación de la contratación: no se presta el servicio de reclamación posterior a la compañía aseguradora.

Condiciones de contratación del seguro incluido (2 archivos PDF):

Resumen Grupos Asistencia + Cancelación 1800 garantías.pdf

15 páginas detalle Grupos Asistencia + Cancelación 1800 certificado.pdf

Producto de RACE. Seguro válido para todas las edades y para cualquier tipo de viaje, incluidos los cruceros. Tiene cobertura de asistencia y anulación por COVID. Se puede contratar en cualquier momento, independientemente del momento de la reserva. Tiene 72 horas de carencia para la garantía de cancelación. Válido para residentes en España. Para residentes en Unión Europea solo es válido si el viaje inicia y finaliza en España.


Extracto

de la información que se refiere a los gastos de anulación para tenerla a la vista:

1 Gastos de Anulación 1.1 Reembolso de los gastos de anulación de viaje antes de la salida.

El Asegurador garantiza el reembolso de los gastos de anulación, por cualquier servicio contratado, de hasta 1.800€ por persona asegurada e inscrita en el viaje. Los gastos serán los contractualmente debidos al mayorista o proveedor del viaje y facturados al Asegurado, en aplicación de las condiciones generales de venta de dicho proveedor, porcentualmente a la cantidad justificada por la mayorista y hasta un máximo del 15% de dicha cantidad y como máximo el 15% del tramo contratado, en concepto de comisión de la agencia. La garantía de anulación entrará en vigor a partir de las 72 horas de la contratación del seguro y hasta que se inicie el viaje y solamente podrá llevarse a cabo por alguna de las causas que se relacionan a continuación, ocurridas con posterioridad a la confirmación del viaje y/o emisión del billete de transporte. Los gastos anteriormente descritos estarán cubiertos siempre y cuando el motivo de la anulación se produzca después de la confirmación del viaje y/o emisión del billete de transporte y antes de la salida del viaje o del inicio del servicio o transporte y que impida la realización del viaje al asegurado. En cualquier caso, la garantía de anulación entrará en vigor a partir de las 72 horas de la contratación del seguro y hasta que se inicie el viaje y solamente podrá llevarse a cabo por alguna de las causas que se relacionan a continuación, ocurridas con posterioridad a la confirmación del viaje y/o emisión del billete de transporte y a la emisión de la póliza, o en su defecto antes del inicio del periodo de gastos fijado en las condiciones generales del proveedor del servicio contratado en la agencia de viajes.

-Enfermedad grave, accidente grave de: o Asegurado o Padres, tutores legales, abuelos, hijos, nietos, hermanos, cuñados, nueras, yernos, suegros, cónyuge o pareja de hecho inscrita en el Registro correspondiente. o El sustituto profesional. o La persona encargada durante el período de viaje y/o estancia, de la custodia de los hijos menores o incapacitados.

A efectos de esta garantía, se entiende por enfermedad grave del asegurado una alteración de la salud constatada por el asesor médico del Asegurador que implique reposo absoluto en cama, y por accidente grave un daño corporal no intencional por parte del Asegurado proveniente de una acción exterior que le impida a juicio del asesor médico del Asegurador valerse por sus propios medios y que en ambos casos imposibiliten al Asegurado, a juicio del asesor médico del Asegurador, el inicio del viaje previsto. En el caso de enfermedad grave o accidente grave de persona distinta del Asegurado y que no estuviera asegurada, se entenderá como grave, aquella que implique al menos una noche de hospitalización o conlleve riesgo inminente de muerte. Ambos supuestos deben ocurrir o mantenerse dentro de los 7 días previos al inicio del viaje y que en ambos casos imposibilite al Asegurado el inicio del viaje previsto. En caso de fallecimiento de un familiar del Asegurado, éste deberá haberse producido dentro de los 10 días previos al inicio del viaje.

-Prórroga de contrato laboral del Asegurado, siempre que no existiera comunicación verbal o escrita.